jueves, 27 de octubre de 2016

SEGURO DE VIDA COLECTIVO


El Gobierno de la Ciudad a través de la Dirección General de Seguros del Ministerio de Hacienda ha contratado un SEGURO DE VIDA COLECTIVO para todos los empleados en relación de dependencia. 

El mismo contempla las siguientes condiciones: 

Cobertura Básica
Fallecimiento por cualquier causa las 24 horas del día

Coberturas Adicionales
Incapacidad Física Total, Permanente e Irreversible Taxativa 
Doble Indemnización por Accidente (Muerte y Pérdida Anatómica y/o Funcional) 
Anticipo por enfermedades terminales 
Hijo Póstumo

El Seguro de Vida Colectivo, contratado por el GCBA para sus empleados cubre las siguientes contingencias: 

2.1) COBERTURAS 
2.1.a) Cobertura Básica 
• Fallecimiento por cualquier causa las 24 horas: Otorgando una indemnización equivalente a 5 sueldos con un piso de $25.000 y un tope máximo de $125.000 hasta los 64 años de edad. Mayores de 65 años se indemnizan al 50%. 


2.1.b) Coberturas Adicionales 
• Incapacidad Física Total, Permanente e Irreversible Taxativa: Se accederá al beneficio cuando el agente, como consecuencia de una enfermedad o accidente, padezca un estado de incapacidad física total, permanente e irreversible. 


• Doble Indemnización por Accidente (Muerte y Pérdida Anatómica y/ó Funcionales): Se accederá al beneficio si el agente sufriera un accidente que ocasionara alguna pérdida anatómica o funcional del aparato locomotor. Esta cobertura se contempla hasta los 64 años, siempre que la pérdida se instale hasta los 90 días de producido el accidente. 


• Enfermedades terminales, anticipo del 50% de la suma asegurada: Se concederá este beneficio en los casos en que le haya sido diagnosticada una Enfermedad Terminal, durante la vigencia del contrato y antes de cumplir los 65 años de edad. Esta cobertura se liquida por el 50% del capital con un capital máximo de $ 62.500. El capital quedará congelado por el remanente hasta el fallecimiento, momento en el cual se indemnizará la diferencia pendiente. 


• Hijo póstumo: Se considerará el beneficio, cuando la cónyuge o conviviente del asegurado titular dé a Luz dentro de los 300 días producido el fallecimiento de éste, mientras que el asegurado no exceda de los 65 años de edad. El capital asegurado será equivalente al 100% de la suma asegura de fallecimiento. 


Vigencia coberturas adicionales: Las coberturas adicionales (2.1.b) serán otorgadas hasta que el asegurado cumpla 65 años de edad; continuando asegurado únicamente por el riesgo de muerte, establecido en la cobertura básica.


AMBITO DE APLICACIÓN:

Se considerarán cubiertos, todos los agentes del GCBA, que a la fecha de inicio de vigencia del contrato, estén en servicio activo (concurrencia normal al empleo) y las posteriores altas de personal. 
Tipos de agentes cubiertos: 
• Trabajadores en Relación de Dependencia. 
• Funcionarios del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. 
No están cubiertos los trabajadores bajo los contratos de: 
• Locación de Servicio, 
• Locación de Obra y Concurrencias, 
• Otros. 

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

EN CASO DE FALLECIMIENTO:
ACTA DE DEFUNCIÓN
RECIBOS DE HABERES DEL AGENTE FALLECIDO
DNI AGENTE BENEFICIARIO
PRESENTARSE CON  OTROS HEREDEROS LEGALES (SIEMPRE QUE SEAN MAYORES DE EDAD) QUE OTORGUE AL SOLICITANTE  LA PERCEPCIÓN DEL BENEFICIO
DE TODOS  DOCUMENTACIÓN ACTUALIZADA QUE ACREDITE VÍNCULO 
PARA DEPOSITAR EN UNA CUENTA BANCARIA - LA CONSTANCIA DE CBU EMITIDA Y CERTIFICADA POR ENTIDAD BNACARIA


EN CASO DE INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE TAXATIVA:
* FORMULARIO – DENUNCIA DE INCAPACIDAD - firmado por el asegurado 
* FORMULARIO – INFORME MEDICO SOBRE INCAPACIDAD - firmado por el médico
* CESE LABORAL DEL TITULAR 
* ANTECEDENTES MÉDICOS.


EN CASO DE ENFERMEDAD TERMINAL 
* Documentación y estudios médicos que informen el estado de la enfermedad. 


EN CASO DE PÉRDIDAS ANATÓMICAS Y/O FUNCIONALES POR ACCIDENTE. 
* Se deberá presentar informe médico ORIGINAL. 
* De considerarlo necesario la aseguradora lo citará para una evaluación médica. 

HIJO PÓSTUMO 
* Certificado de Nacimiento 
* Certificado de Defunción 

INSTRUCTIVO SEGURO DE VIDA COLECTIVO:
https://www.mibuenosairesweb.gob.ar/sites/default/files/tramites/INSTRUCTIVO%20SEGURO%20DE%20VIDA%20COLECTIVO%20NOV-16.pdf

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DATOS DE CONTACTO
Franco Gómez Sarmiento fgomezsarmiento@buenosaires.gob.arTel: 4323-9300 Int. 5805 / 4323-2449Rivadavia 524 – 4° piso – Of. 42909:00 a 16:00 hs.