NORMAS GENERALES PARA CONCURSAR
CARGOS DE SECCION
ENFERMERIA
El presente procedimiento contiene las normas generales a
las que se ajustarán los concursos internos para la cobertura de cargos
jerárquicos en la estructura de enfermería, hasta tanto se reglamente dicho
proceso por la Dirección General de Concursos del Ministerio de Salud de la Ciudad de Buenos Aires
Punto 1.-Los procesos concursales que cualquier nivel jerárquico comprenderán
las etapas que se detallan continuación.
* Inscripción y entrega de documentación.
* Análisis de Admisibilidad y evaluación de
antecedentes curriculares y laborales
* Presentación de Proyecto de Gestión
* Entrevista personal
Punto 2.- El plazo máximo para la elaboración del orden de mérito será de
noventa días corridos a partir del dia siguiente al cierre de inscripción.
Punto 3.- Serán consideradas validas todas las
notificaciones cursadas al correo electrónico declarado en la inscripción.
Punto 4.- Los llamados a concursos deberán ser publicados en la cartelera del Departamento de Recursos
Humanos con una antelación no inferior a
cinco días corridos previos al inicio de la inscripción.
Punto 5.- La convocatoria deberá indicar:
*Cargo a concursar
*
lugar y fecha de apertura y cierre de la inscripción.
* nómina
de jurado.
Jurado
Punto 6.- El jurado estar conformado por tres integrantes titulares, tres
integrantes suplentes, un veedor titular
y un veedor suplente.
Punto 7.- Tanto los veedores gremiales como los miembros del jurado serán nombrados con aprobación del CATA.
Punto 8.-Las recusaciones deberán ser
deducidas por escrito, con expresión de causa
y ante el Departamento de Recursos Humanos, al momento de la inscripción. Las excusaciones de los miembros del jurado deberán
realizarse dentro de l plazo de los tres días contados a partir de la
finalización del plazo de inscripción.
De la
recusación se dará traslado al recusado para que haga su descargo en el plazo
de dos días. Las mismas serán resueltas por la autoridad convocante, y dicha
resolución tendrá carácter inapelable. El plazo para resolver las recusaciones
será de tres días contando desde el descargo efectuado por el recusado.
Punto
9.-En el caso de
que se haga lugar a la recusación interpuesta, los integrantes del
jurado que fueran recusados serán reemplazados por los miembros suplentes .
Requisitos básicos de admisibilidad a los concursos
Punto 10- Quedan excluidos de participar a los concursos de conducción previstos
en este procedimiento aquellos agentes que hubieran alcanzado la máxima edad y
requisitos previstos en el régimen previsional para obtener la jubilación
ordinaria, computando ambos requisitos a
la fecha de cierre de inscripción.
Punto 11.- Conforme a los términos del
Acta de Negociación colectiva N 16/19 , los postulantes adicionalmente
deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a-
Para jefes de sección: se requiere como mínimo ocho (8) años de antigüedad
asistencial en el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, debidamente acreditada
b-
Para jefes de División: Se requiere como mínimo diez (10) años de antigüedad
asistencial en el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, debidamente acreditada
c-
Para jefes de Departamento: se requiere como mínimo doce (12) años de
antigüedad asistencial en el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, debidamente
acreditada.
d-revistar en la carrera de enfermería en el tramo medio o avanzado.
Punto 12- Aquellos agentes que revistan
en funciones de conducción, podrán
presentarse a cualquiera de los cargos de conducción que se concursen.
En el
caso de ganar la selección de igual jerarquía, estos, deberán renunciar a
su cargo anterior en el momento de iniciar trámite de designación.
Inscripción y entrega de documentación personal y
curricular
Punto 13.- Las fechas, horarios y lugar de inscripción serán fijados en el acto
de convocatoria.
Punto 14- El plazo de la inscripción será fijado en el acto de la convocatoria. Se fija de acuerdo a
los siguientes plazos mínimo de diez días corridos y como máximo de 20 días
corridos. Vencido el plazo de inscripción, no se admitirán solicitudes de
inscripción.
Punto 15- En el momento de la inscripción el postulante deberá obligatoriamente
informar correo electrónico, debiendo a tales efectos notificar todas las
modificaciones que se produjeran en el
mismo en el Departamento de Recursos Humanos.
Punto 16- Todas las notificaciones se diligenciaran y resultaran validas en el domicilio
electrónico, que el postulante reconoce como validas a tal efecto al momento de
la inscripción al concurso.
Punto 17-Al momento de la inscripción se deberá presentar la Solicitud de Inscripción
debiendo completar sin dejar blancos, no admitiéndose raspaduras o enmiendas y
estar firmadas por el postulante.
La Solicitud
de inscripción tiene carácter de
declaración jurada y cualquier falsedad dará
lugar a la exclusión del postulante durante cualquier instancia del proceso de
selección.
Punto 18- Al momento de la inscripción deberán
presentarse tres juegos de copias de toda la documentación pertinente.
Todas las hojas presentadas deberán estar estar firmadas y foliadas por
el postulante.
Una
vez recibida la documentación
presentada, se extenderá al postulante una constancia de recepción, en la que
consignara lugar y fecha de recepción y el total de fojas presentadas.
Punto 19- La exhibición de los originales de la documentación aportada por el
postulante podrá ser exigida por los miembros del jurado durante cualquier
instancia del proceso de selección. La no presentación de los mismos habilitara
la exclusión del postulante de que se trate sin mas tramite.
Punto 20- La presentación de la Solicitud de inscripción importara, por parte
del postulante, el conocimiento y aceptación de los términos del presente
procedimiento.
Análisis de Admisibilidad
Punto 21- Vencido el plazo fijado en el acto de convocatoria para la
inscripción, El jurado revisara si los postulantes cumplen con los requisitos
básicos de admisibilidad expresados
anteriormente.
De la evaluación de antecedentes curriculares y Laborales
Punto 22-
Por sus
antecedentes curriculares y laborales, los postulantes serán calificados con un
máximo de 50 puntos
22.1 Antigüedad
Se considerará, 50 centésimos por cada año que
pueda acreditarse en el desempeño en la Unidad Organizativa convocante, hasta
un máximo de cinco puntos
22.2 Residencias y Concurrencias:
Se
otorgaran en este grupo un máximo de 8 puntos
00RESIDENCIA COMPLETA: Se considerarán cuatro
(4) puntos para aquellas residencias cursadas y completadas en efectores del
Sistema Público de Salud del GCABA, y dos (2) puntos para aquellas que hubieren
sido cursadas y completadas en instituciones fuera del mismo.
22.3: Títulos de Especialistas y otros afines al cargo a concursar
Podrán acumularse puntos por cada ítem acreditado hasta alcanzar el
máximo de cuatro puntos con cincuenta centésimas (4.50) en este rubro. Se
considerará un punto con cincuenta centésimas (1.50) por especialidad afín al
área del cargo concursado, y un (1) punto para especialidades no relacionadas
con el cargo y contempladas en la Ley N°6.035.
22.4 ACTUALIZACIÓN PROFESIONAL Y FORMACIÓN CONTINUA.
Se
considerarán los siguientes sub-rubros con sus ítems y puntajes, y se otorgará
un máximo de veinticuatro (24) puntos en este rubro, resultante de la sumatoria
de los máximos previstos para cada sub-rubro.
CURSOS Y CONGRESOS
Podrán
acumularse puntos por cada ítem acreditado hasta alcanzar el máximo de doce
(12) puntos previsto para este sub-rubro. Se mencionarán todos los cursos a los
que hubiera asistido debiendo adjuntar las constancias certificadas de
duración.
Cursos: Se otorgarán
- veinticinco centésimas (0.25) por cursos de
entre 50 y 99 horas de duración;
- cincuenta centésimas (0.50) por cursos de
entre 100 y 199 horas de duración
- setenta y cinco centésimas (0.75) por cursos
de entre 200 y 499 horas de duración.
- Por
cursos de 500 horas o más con evaluación final se otorgará un (1) punto.
-Por cursos de 500 horas o más con evaluación
final con orientación en gestión se otorgará un punto con cincuenta centésimas
(1.50) puntos.
- Por carreras de especialización
universitaria se otorgarán dos (2) puntos.
- Por Maestrías
con título en trámite se otorgará uno
con cincuenta centésimas (1.5 )puntos
- Por Maestrias con títulos se otorgaran dos
(2) puntos
- Residencias Post básicas se otorgarán dos (2)
puntos.
- Por
Doctorado con título en trámite se otorgarán
dos puntos (2) puntos
- Por Doctorado con título se otorgarán dos
puntos con cincuenta centésimas (2.50) puntos.
- Formación docente Universitaria se otorgará
un (1) punto
- Formación docente no Universitaria se
otorgará un (1) punto
Congresos: Asistencia: hasta a quince (15)
congresos se considerarán veinticinco centésimas (0.25), y más de quince (15)
congresos, se considerarán cincuenta centésimas (0.50).
Miembro
de Comité de organización o Comité científico de Congresos y/o actividades
técnico profesionales, se otorgarán cincuenta centésimas (0.50) por cada
congreso, hasta alcanzar un máximo de dos (2) puntos.
Por el desempeño como relator oficial o
conferencista central en congresos científicos, se otorgará un (1) punto.
Por el desempeño como Presidente de congresos
científicos, se otorgará un (1) punto.
Integrante de Mesas Redondas o Paneles en
Jornadas científicas se otorgarán veinte centésimas (0.20).
Presidente y/o coordinador de Mesas Redondas o
Paneles en Jornadas científicas, se otorgarán setenta y cinco centésimas (0.75)
TRABAJOS CIENTÍFICOS PRESENTADOS Y/O
PUBLICACIONES REGISTRADAS
Podrán acumularse puntos por cada ítem
acreditado hasta alcanzar el máximo de doce (12) puntos previsto para este
sub-rubro.
Se
mencionarán todos los trabajos realizados, debiendo señalar lugar y fecha de
presentación y/o publicación.
Se
presentarán hasta cinco (5) trabajos a elección del postulante y se valorizarán
todos los trabajos científicos presentados en Jornadas, Congresos y Entidades
científicas, nacionales e internacionales, excluyendo los que hubieran sido
requisito para el desarrollo de cursos.
Para
los trabajos presentados o publicados con anterioridad a los últimos cinco (5)
años se asignará, como máximo, el cincuenta por ciento (50%) del puntaje total
del rubro.
Trabajos Científicos:
- Trabajos de Investigación: Para trabajos
presentados en Jornadas, Congresos o entidades científicas nacionales, como
investigador principal, se otorgará un (1) punto por trabajo presentado y como
colaborador, se otorgarán setenta y cinco centésimas (0.75) por trabajo
presentado.
-Para trabajos presentados en Jornadas,
Congresos o entidades científicas internacionales, como investigador principal
se otorgará un punto con cincuenta centésimas (1.50)
-Por
trabajo presentado y como colaborador se otorgará un (1) punto por trabajo
presentado.
- Trabajos de aporte: Se otorgarán cincuenta
centésimas (0.50) por trabajo presentado como autor individual, y veinticinco
centésimas (0.25) por trabajo como autor en colaboración. - -Trabajos
científicos completos o monografías publicados en revistas no indexadas: Se
otorgará un (1) punto por trabajo presentado.
- Trabajos científicos completos o
monografías, publicadas en revistas indexadas: Se otorgará un punto con
cincuenta centésimas (1.50) por trabajo presentado.
Libros:
Podrán presentarse libros o capítulos de libros sólo cuando se trate de
producciones debidamente registradas y deberán guardar relación con la
especialidad o disciplina requerida para el cargo concursado.
El jurado determinará el puntaje a otorgar
teniendo en cuenta el tipo de publicación, relevancia del tema y la cantidad de
capítulos. Se considerará un máximo de dos (2) puntos.
22.5 ACTIVIDAD DOCENTE
ACTIVIDAD DOCENTE NO UNIVERSITARIA:
Podrán acumularse puntos por cada ítem
acreditado hasta alcanzar el máximo de seis puntos con cincuenta centésimas
(6.50) previsto para este sub-rubro.
Se mencionarán todos los cursos dictados
debiendo adjuntar las constancias correspondientes. Se otorgará el siguiente
puntaje, que será acumulable hasta alcanzar un máximo de dos puntos con
cincuenta (2.50):
- Para
cursos de 50 a 199 horas de duración: quince centésimas (0.15) por curso
dictado.
- Para cursos de 200 a 499 horas de duración:
treinta centésimas (0.30) por curso dictado.
-Para cursos de 500 horas netas: cincuenta
centésimas (0.50) por curso dictado
ACTIVIDAD DOCENTE UNIVERSITARIA:
Podrán acumularse puntos por cada ítem
acreditado hasta alcanzar el máximo de cuatro puntos con cincuenta centésimas (4.50)
previsto para este sub-rubro.
Se
mencionarán todos los cargos docentes correspondientes a cátedras
universitarias de grado, indicando Universidad; Cátedra y fechas, debiendo
adjuntar las constancias correspondientes de hasta tres (3) de ellos a elección
del postulante
Jefe de
trabajos Prácticos: Se otorgarán tres (3) puntos.
Ayudante: Se otorgará un punto con cincuenta
centésimas (1.50)
22.6 PREMIOS:
Se otorgará un
punto con cincuenta centésimas (1.5) por premio, cuando haya sido otorgado por
Universidades o Sociedades Científicas, y cincuenta centésimas (0.5) por premio cuando haya sido otorgado por
Sociedades Científicas Hospitalarias e Instituciones Privadas, pudiendo
acumular hasta un máximo de cinco (5) puntos.
22.7 SANCIONES:
Aquellos agentes
que hayan sido sancionados mediante acto administrativo por inasistencias se
descontarán cincuenta centésimas (0.5) hasta dos (2) puntos, quienes hayan sido
sancionados por faltas graves se descontarán un punto con cincuenta centésimas
(1.5) por cada sanción hasta seis (6) puntos.
22.8 ANTECEDENTES EN OTROS
CARGOS
Otros cargos de conducción en el Sistema Público
de Salud del GCABA debidamente certificado:
Se
otorgarán dos (2) puntos por haberse desempeñado previamente en cargos de
conducción
Se otorgara tres (3) puntos por desempeñarse
en el cargo a concursar.
Miembro titular de Sociedades Científicas: Se
otorgarán cincuenta centésimas (0.50)
. Secretario de Sociedades Científicas: Se
otorgará un (1) punto.
Presidente de Sociedades Científicas: Se
otorgará un punto con cincuenta centésimas (1.50).
Presidente/Secretario de CODIE: Se otorgará un
(1) punto por el desempeño como Presidente o Secretario en Comités de Docencia
e Investigación, siempre que se hubiera accedido al cargo por concurso.
Integrante de Comités formalmente
constituidos: Se otorgarán veinticinco centésimas (0.25). Coordinador de Grupos
de Trabajo formalmente constituidos: Se otorgarán setenta y cinco centésimas
(0.75)
Punto 23.- PRESENTACION PROYECTO DE GESTION
Como el presente reglamenta concursos para
cargos de conducción, la instancia de
evaluación consistirá en la entrega y presentación de un proyecto de gestión,
el mismo se puntuará de 1 a 10 y se
multiplicará el puntaje por el factor 3.
- La fecha, hora y lugar de presentación de
proyecto de gestión, será notificada al
correo electrónico consignado en la inscripción pertinente, con una antelación
no inferior a cinco (5) días a la fecha fijada para tal fin, debiendo el
postulante consultar su casilla periódicamente, no pudiendo valerse de la falta
de conocimiento de la misma para justificar su inasistencia
Punto
24.-CONCEPTO
El “concepto” deberá observar los aspectos de
carácter estrictamente laboral del postulante en cuanto a cumplimiento,
adaptabilidad y predisposición en el desempeño de sus funciones y con sus
pares; y profesional en cuanto a sus conocimientos, criterios, aplicación de
normas y/o protocolos. En ningún modo podrán considerarse cuestiones de
carácter personal, salvo aquellas que pudieran por sus características, poner
en riesgo el correcto desempeño de la función que se concursa. Será otorgado por quien se encuentre
cumpliendo la función de jefe inmediato del postulante, y con aprobación del Consejo Asesor Técnico Administrativo
(C.A.T.A) y se otorgará un máximo de cinco (5) puntos en este rubro
Punto 25.-ENTREVISTA PERSONAL
La
entrevista personal podrá realizarse a continuación de la presentación del
proyecto de gestión, o en fecha distinta, a criterio del Jurado.
En la presente etapa, el Jurado evaluará la
adecuación del postulante a los requisitos necesarios para la función y el
cargo que se concursa, y que se corresponden con competencias propias del
mismo. Se pondrá, además, especial atención en la experiencia asistencial y de
gestión, capacidad de liderazgo, conocimientos de administración hospitalaria,
y cualquier otro aspecto que el Jurado considere relevante para el desempeño de
la función concursada. Los postulantes serán calificados con un máximo de diez
(10) puntos totales
Punto 26- La inasistencia por parte del postulante a las etapas referidas en
los artículos 23 y 25 precedentes,
implicará que el mismo ha optado por desistir de su postulación, operando en
consecuencia su exclusión.
DEL ORDEN DE MERITO
Punto 27.- Concluidas las instancias precedentes, el Jurado elaborará el orden de
mérito final que surgirá de la sumatoria del puntaje obtenido por cada uno de los postulantes.
Punto 28.- En caso de paridad en el orden de mérito, el Jurado dará prioridad a
quien haya obtenido mayor puntaje en la
presentación de proyecto de gestión, según corresponda.
Punto 29.- La autoridad convocante citará a los postulantes que lo integran para
que se notifiquen del mismo en la Oficina de Personal en un plazo de 48hs. Dicha
citación será cursada a la dirección de correo electrónico que fuera
oportunamente informada por éstos al momento de su inscripción, y se presumirán
recibidas al día siguiente de haber sido enviadas.
Punto 30.- Dentro de los cinco (5) días de notificado el orden de mérito, los
postulantes podrán presentar los reclamos que entiendan corresponden al mismo.
Dicha presentación deberá realizarse por escrito ante la autoridad convocante,
quien la pondrá en conocimiento del Jurado, dentro de los dos (2) días
posteriores. Las presentaciones realizadas fuera del plazo previsto serán
rechazadas sin más trámite.
Punto 31.- Los reclamos al orden de mérito deberán fundarse en eventuales
violaciones a las normas de este
procedimiento, con cita expresa de la norma agredida, y se basarán en hechos
objetivos, así como vicios de forma o errores materiales. Las reclamaciones
genéricas serán desestimadas.
Punto 32. Habiéndose resuelto los eventuales reclamos por la autoridad convocante, y dicha
resolución tendrá carácter inapelable
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